25/6/17

COMUNICADO

Se solicita a los Directores notificar a totalidad de los Docentes de su Escuela que deben iniciar su expediente jubilatorio a partir de los 25 años de Servicio a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 58 del Estatuto del Funcionario Docente. (Prórroga de servicio). Tener el expediente jubilatorio en trámite ante BPS es requisito imprescindible para realizar la gestión de prórroga de servicio

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